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Sociedad, Educación y Estado del Bienestar/El Estado Social o del Bienestar: origenes y desarrollos

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Origen del Estado del Bienestar

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A lo largo del siglo XIX hasta la Segunda Guerra Mundial, los estados occidentales pasaron del liberalismo al Estado del Bienestar. Durante el siglo XIX los estados liberales, se enfrentaron a una serie de problemas sociales debido a la precarización de algunos sectores de la sociedad. Diversos colectivos como la Iglesia, los municipios, la filantropía privada, etc. se ocuparon de dar una respuesta asistencialista a esta situación. Sin embargo, en Inglaterra se planteó la derogación de las instituciones caritativas como forma de incentivar a los sectores más desfavorecidos a integrarse en el mercado laboral.

El mercado desregulado chocó fuertemente con la sociedad, en la que se produjo una fuerte reacción pidiendo la intervención y protección del Estado. Se empezaron a adoptar medidas embrionarias impulsadas por los grupos más excluidos que terminarían con la ruptura del régimen liberal y la constitución del Estado del Bienestar (Olmos, C. y Silva, R., 2011).

En el Estado del Bienestar, el Estado debe garantizar las necesidades básicas de los ciudadanos y regular las actividades económicas. Según Vicenç Navarro (2003) “Incluye las intervenciones del Estado (tanto en el nivel central como en los niveles autonómico y local) dirigidas a mejorar el bienestar social y la calidad de vida de la población”.

Para algunos historiadores, la promulgación a partir de 1834 de la New Poor Law en el Reino Unido, marcó el inicio de la construcción de los sistemas contemporáneos del bienestar. Se trata de un asunto de caridad social, un Estado liberal organiza una política de bienestar social para aliviar la situación extrema de aquellos individuos incapaces de beneficiarse del funcionamiento ordinario de la economía de mercado. Una importante tarea consistía en separar a los que no quieren trabajar de los que no pueden hacerlo, para esto, se establecía una condición tan mínima que sólo quienes tuvieran una auténtica necesidad solicitarían tales ayudas. También se atacó este problema por el principio de la “menor elegibilidad”, al hacer casi indeseable el alivio a la pobreza, con lo que era una opción a la que solo recurrirían aquellos que no contaban con ningún otro recurso (Navarro Rubalcaba, M.A., 2006).

Posteriormente, los sistemas de bienestar social, se fueron implantando siguiendo los siguientes modelos (Olmos, C. y Silva, R., 2011):

-Otto Von Bismarck, el canciller alemán, refrendó tres leyes sociales que consistían en un Seguro contra Enfermedad (1883); Seguro contra Accidentes de Trabajo (1884) y Seguro contra la Invalidez y la Vejez (1889). Son seguros sociales de carácter obligatorio, en los que el sujeto contribuye con su correspondiente cuota, su cotización, a su seguro social individual.

-Más tarde, en 1942 apareció el llamado “Informe Beveridge” en el que éste, preconizaba un sistema que cubriera al conjunto de la población independientemente de su renta, unificado con una sola cotización para todos los riesgos, con prestaciones uniformes y suficientes cualquiera que fuera la renta de los individuos y centralizado mediante un servicio público único.

Ambos modelos se extendieron rápidamente. El primero se extendió por Europa y luego por otras partes del mundo y, el segundo, cobró fuerza en la posguerra (tras la Segunda Guerra Mundial).

Thomas Humphrey Marshall
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T. H. Marshall escribió un ensayo fundamental sobre ciudadanía, titulado Ciudadanía y Clase Social, publicado en 1949. Consideraba 3 tipos de derechos, que implicaban 3 modos diferentes de entender la ciudadanía:

1. Derechos civiles (libertad e igualdad ante la ley, propios del s. XVIII)

2. Derechos políticos (participación ciudadana en el proceso político de toma de decisiones, propios del s. XIX)

3. Derechos sociales (mínimo bienestar económico y seguridad para todos los ciudadanos, del s. XX)

Marshall (1949), considera el Estado del Bienestar como la realización de los derechos sociales después de alcanzar el reconocimiento de los derechos civiles y políticos y, por tanto, el crecimiento del gasto público como la consecuencia previsible de la extensión de los derechos de ciudadanía.

La ciudadanía es un estatus otorgado a aquellos que son miembros plenos de una comunidad. Todos los que poseen el estatus son iguales con respecto a los derechos y deberes. Este concepto ha sido discutido y debatido por distintos científicos sociales. El concepto de ciudadanía, sigue estando en el núcleo central de modelo político del Estado del Bienestar (Marshall, 1949).

La extensión de los derechos sociales se convertiría, en la condición material para consolidar un tipo de democracia política que previamente había conquistado los derechos civiles y políticos. La institucionalización de los derechos sociales dotaba de contenido materia para una democracia política representativa vacía, hasta ese momento, de contenido real en cuanto a los derechos sociales garantizados.


Estado Moderno Liberal
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Se refiere a una serie de elementos que figuran un orden político y jurídico que lleva como fin responder por los derechos de los ciudadanos. Se ubica a finales del siglo XVIII como resultado de la Revolución Liberal, el mismo proyecta que el Estado debe de cuidarse de inmiscuirse en el mercado, debe quedarse como garante externo del orden social establecido. (Muñoz, 2000). El mismo descansa en un Estado de derecho que trata de poner limites a la autoridad. Es la forma de organización política que establece unas garantías constitucionales y derechos individuales, es decir, amplia los limites del uso del poder al gobernante, con ello se contrapone al Estado dominante. El Estado liberal con sus normas trataba de proteger a los individuos de los abusos del gobierno y privilegios de la corona. (Valero, 2005).

El liberalismo presenta a los individuos una forma de reconstrucción del estado para maximizar su eficacia y modificar su carácter. La eficacia del estado como herramienta a favor de las poblaciones puede aumentar si se consigue reducir su dinamismo a lo que le es propio. Su carácter puede convertirse si minimizamos sus interposiciones a favor de éste y se fija su actividad en la creación y sostenimiento del marco legal e institucional necesario para la acción de la libertad individual. (Schwartz, 1984).

El Estado liberal tiene como función básica: Proteger la vida de sus miembros, mantener la seguridad, reducir el miedo y la incertidumbre, crear la paz civil, asegurar el derecho de la propiedad y facilitar el comercio.

Dentro de la característica del estado liberal se destacan tres procesos, en los cuales están: la Revolución Burguesa, Revolución Industrial y Revolución Liberal, que fue de gran cambio social, económico y político a favor de la burguesía.

Uno de los hechos importantes del Estado liberal se destaca en Alemania con Bismarck, 1881 hace que en el mensaje del emperador indique la necesidad de curar los males sociales, trabajando a favor del bienestar de los obreros. Así anuncia una ley de seguro de accidentes de trabajo y una reforma de las cajas del seguro de enfermedad, afirmando, en el mensaje imperial. Bismarck consigue establecer la ley más avanzada de toda Europa. (Muñoz,1999).

Modelo Universalista
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El modelo Universalista o “beveridgeano”, es el modelo basado en la consideración de unos derechos básicos del bienestar para los ciudadanos, plasmados en un acceso sin restricciones a políticas y servicios sociales. Las prestaciones económicas son a tanto alzado y de igual cuantía para todos los beneficiarios (flat-rate). Su financiación se realiza por vía impositiva con cargo a los presupuestos generales estatales. Se producen, por tanto, transferencias redistributivas de rentas por vía fiscal entre los contribuyentes (Moreno, 2001).

El “beveridgeano” surge a finales de la Guerra con el Informe Beveridge de 1942 en el que se recomendaba un sistema de seguridad social unitario financiado a través de contribuciones de todos los ciudadanos, del Estado y de empleadores, aunque con cobertura universal, ante contingencias como la enfermedad, el desempleo y la vejez. Incluía pensiones familiares, beneficios por maternidad y apoyo a las viudas (Barroso y Castro, 2010).

Además, un servicio nacional de salud (atención médica gratuita con cobertura universal) y un sistema de asistencia nacional (para complementar los subsidios de la Seguridad Social cuando fueran insuficientes), orientados al logro del mínimo de subsistencia deseado y adoptando el objetivo del pleno empleo como política de Estado, extendiendo los beneficios a la educación, la vivienda y la atención especializada a niños (Barroso y Castro, 2010).

La universalización de políticas sociales y su gran desarrollo a costa de sólidas alianzas entre proletarios y campesinos (Suecia), o entre clase obrera y amplios sectores de clase media de trabajadores cualificados (Reino Unido), propició un modelo de protección social que se ha considerado como “auténtico” welfare state de acuerdo a las propuestas de Beveridge. Tal representación, sin embargo, no está ajustada a la realidad, ya que oculta la existencia anterior de sistemas y estructuras constitutivas de lo que también se ha denominado como “estado social” (Flora, 1986 citado en Moreno, 2001).

Modelo Corporativo
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El modelo Corporativo del Estado de Bienestar es un modelo que se desarrolla en Europa Occidental, en países como Francia, Alemania, Austria y Bélgica (Barroso y Castro, 2010).

En este modelo existen las diferencias de status, y se intentan reforzar la estratificación social y de la familia tradicional (Esping-Andersen).

No se puede hablar de que los sujetos tengan derechos universales de ciudadanía, si no de derechos personales, adquiridos por convenido.

La cobertura que ofrece el Estado es pública, y abarca a toda la población activa, pero no todos los individuos tienen las mismas prestaciones ni el mismo nivel contributivo. Esto depende de la categoría profesional de cada sujeto. Se produce una desmercantilización casi total.

Este modelo presenta, en lo que al mercado de trabajo se refiere, políticas poco activas.

¿Existe un modelo Mediterráneo?
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En los últimos años se ha especulado un modelo diferente de Bienestar perteneciente a la Europa mediterránea: España, Grecia, Italia y Portugal (Moreno, 2001). Estos cuatro países comparten una idiosincrasia que les distingue del resto de Europa, comparten una historia común basada en dictaduras que ha retrasado su desarrollo y modernización, así como particularidades en su sistema de valores (Giner, 1995 citado en Moreno, 2001).

Puede considerarse que el Estado de bienestar mediterráneo es mestizo pues combina componentes Bismarckianos con los beveridgeanos, esto es, el mantenimiento de rentas ocupacionales y la cobertura universalista incluyendo además el carácter contributivo característico del modelo continental (Castro, 2010)

En líneas generales, estos países manifiestan unos niveles menores que el resto de países de la Unión Europea en cuanto a desmercantilización, esto es, la cobertura de las necesidades vitales del individuo externamente al mercado laboral, por lo que se hace necesario la explicitación de los derechos sociales convenientes (Vázquez, s.f); así también en lo referente a las relaciones entre los géneros o al acceso universal y por comprobación a los servicios y prestaciones (Moreno, 2001).

En definitiva, se trata de un modelo con menor gasto social por lo que el acceso a sus prestaciones se hace más restringido.

Referencias

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Barroso González, M. O., Castro Vadillo, N. J. (2010, Mayo). Estado del bienestar y crisis económica: una revisión bibliográfica. Ponencia presentada en XII Reunión de Economía Mundial “Caminos para superar la crisis global”. Universidad de Huelva, Huelva, España. Recuperado el 3 de junio de 2012 de http://www.usc.es/congresos/xiirem/pdf/32.pdf

Bustillo, R. (2000). El Estado de bienestar en el cambio del siglo. Alianza editorial. Madrid. España.

Esping-Andersen, Gosta. Los tres grandes retos del estado del bienestar. Traducción de Pau Joan Hernández (2010). Ariel. Barcelona.

Marshall, T. H. (1949). Ciudadanía y clase social (Versión electrónica), Revista Española de Investigaciones Sociológicas, 79, 297-344, 1997 (1949). Recuperado de http://www.reis.cis.es/REISWeb/PDF/REIS_079_13.PDF

Moreno, L. (2001) Estado del bienestar y ‘mallas de seguridad’ (Versión electrónica), Pobreza y exclusión: la 'malla de seguridad' en España, 17-50. Madrid: CSIC. Recuperado el 3 de junio de 2012 de http://hdl.handle.net/10261/1497

Moreno, L. (2001) La "vía media" española del modelo de bienestar mediterráneo (versión electrónica).

Muñoz, s. Et. Al (1999). Las estructuras del bienestar en Europa. Civitas ediciones. Madrid España.

Navarro Rubalcaba, M.A. (2006) Modelos y regímenes de bienestar social en una perspectiva comparativa: Europa, Estados Unidos y América Latina. Desacatos (21) pp. 109-134. Recuperado de http://redalyc.uaemex.mx/pdf/139/13902108.pdf

Navarro, V. (2003). El Estado del Bienestar en España. Recuperado de http://sid.usal.es/idocs/F8/FDO6750/02cap1.pdf

Olmos, C. y Silva, R. (2011) El desarrollo del estado de bienestar en los países capitalistas avanzados: Un enfoque socio-histórico. Revista Sociedad & Equidad (1). Recuperado de http://dialnet.unirioja.es/servlet/fichero_articulo?codigo=3679278

Valero, J. Et. Al (2005). Instituciones y organizaciones sociales. Thomson editorial. Madrid. España.