Impactos ambientales/Términos de Referencia específicos para evaluaciones ambientales/TdR Riego y drenaje

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[editar] Riego y drenaje

Nota: Los números de los párrafos corresponden a los Términos de Referencia (TdR) generales. Si no hay modificaciones en un determinado párrafo, este no aparecerá. Por otra parte, no son numerados los párrafos adicionales.

[editar] Art. 7. Tarea 1. Descripción del Proyecto Propuesto:

Diseño general y extensión de las obras de riego y drenaje (especificaciones de la represa y del reservorio, tamaño del área afectada, etc); tamaño del área de captación; operación y mantenimiento de las obras de riego.

[editar] Art. 8. Tarea 2. Descripción del Medio Ambiente

  • (c) Ambiente socioeconómico: uso de la tierra (incluyendo los cultivos actuales y formas de cultivo); tenencia de la tierra y escrituras; fuente actual de agua y sus usos (incluyendo la distribución actual de los recursos hídricos, si los sistemas de riego ya existen en el área); control de la distribución de los derechos a los recursos.

[editar] Art. 10. Tarea 4 Determinación de los Impactos Potenciales del Proyecto Propuesto.

Los impactos potenciales que deben ser evaluados son:

  • (a) Ubicación del Proyecto: desplazamiento de la gente; pérdida de bosques; pérdida de tierra agrícola (cultivos y pastoreo); impactos en la flora y fauna; impacto en los sitios históricos y culturales; efectos para los recursos hídricos fuera y dentro del área afectada.
  • (b) Diseño del Proyecto: interrupción de la hidrología; problemas de drenaje; diseño de las represas y las otras estructuras; puntos de cruce para la gente y los animales.
  • (c) Obras de Construcción: erosión del suelo; desechos de la construcción (su eliminación); condiciones sanitarias y riesgos para la salud que se relacionan con el campamento de construcción y los trabajadores que vienen al área; conflictos sociales y culturales entre los trabajadores importados y la gente local.
  • (d) Operación del Proyecto: contaminación de agroquímicos; impactos en los suelos (saturación, salinización, etc); cambios en los niveles del agua freática, dentro y afuera del área afectada; cambios relacionados con la calidad del agua superficial y los riesgos de eutroficación; incidencia de las enfermedades transmitidas y relacionadas con el agua.

[editar] Art. 17. Equipo de Consulta.

Los miembros del equipo debe ser personas con las siguientes especializaciones: evaluaciones de impactos ambientales (con mucha experiencia en riego); sociología rural.

Dependiendo de los datos de base que se requieren y las medidas de atenuación que se proponen, el equipo puede incluir algunas de las siguientes ramas; agronomía; hidrología ecología terrestre (plantas, bosques y fauna según su pertenencia a la ecología del sitio de riego y las áreas colindantes); ecología acuática y de la pesca edafología.

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